domingo, 30 de noviembre de 2014

“Cambios jurídicos que reflejan tardíamente cambios culturales”. Cita del libro Grietas en el Silencio.

Esta afirmación refleja el mayor logro del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la mujer (CLADEM) y del Instituto de Genero, Derecho y Desarrollo (INSEGNAR)  al publicar el libro “Grietas en el Silencio” en el 2011, anexado a su segunda edición el 25 de Junio de 2013.



Los principios de este libro se remontan al 19 de febrero del 2010. En esta fecha la agrupación HIJOS de Rosario pidió colaboración a las organizaciones feministas CLADEM e INSEGNAR. Estas se presentaron como amicus cariea (amigo del tribunal), en la Causa n° 4012,  correspondiente a los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, donde se había decretado falta de mérito respecto al delito de violaciones sexuales, por considerar que habían sido “eventuales y no sistemáticos” y por tanto no constituían crímenes de lesa humanidad.


Ambas agrupaciones, señalaron que: “la violación sexual forma parte del plan sistemático (…) y que en contextos represivos o de conflicto los cuerpos de las mujeres afectadas se transforman en campos de batalla y a través de la violación sexual, los varones imponen de manera cruel el poder y la dominación que culturalmente ejercen sobre las mujeres”.  Aportaron argumentos  jurídicos y  teóricos justificando la jurisprudencia de ese hecho.

 “En definitiva sentimos, pensamos y corroboramos que ha cumplido con el objetivo trazado desde un principio, lograr que se visibilice y que los operadores de justicia tengan una herramienta para poder proceder sobre estos casos de Lesa Humanidad.” Expreso Analia Aucia. Ella es abogada, docente de la UNR e integrante del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM)

No obstante, la necesidad de dar a conocer socialmente las acciones de los represores conllevó a que los delitos de lesa humanidad sean juicios públicos, se puede filmar, grabar y se permite la presencia de periodistas acreditados. Aunque al tratarse de delitos sexuales, donde la víctima tiende a tener mayor dificultad para atestiguar, debería aplicarse otro procedimiento. Por otra parte, es fundamental que los operadores de justicia hagan buenas preguntas, en función de transmitir una cierta contención a las víctimas. Y también infiere la predisposición de los actores en la sala, en donde la víctima se encuentra en el centro, el juez más elevado y a si vez los represores presentes.  Todas estas cuestiones obstaculizan  la libre expresión de los acontecimientos.

En función de dar una solución a estas disputes, se creó una unidad fiscal con personas contratadas por el poder ejecutivo para que imputen las causas y los represores por trasgresiones a la integridad sexual de una persona en el marco del terrorismo de estado.  Este órgano, la procuración de la nación, se ocupa de la capacitación del Cuerpo de Abogados del Estado; brinda asesoramiento sobre el procedimiento de investigación adecuado e Instruye a los fiscales.

En tanto a las víctimas de violencia sexual, se aspira a una reparación, ya sea económica o mediante la sanción correspondiente a los operadores de los delitos. Ellas dicen que ya no hay desagravio posible, pero el que ellos sean condenados mediante la justicia, de alguna forma, achica la brecha de impunidad. 

La abogada Aucía, dijo: “Apuntamos a los futuros profesionales,  gente que va a trabajar en la justicia, gente de derecho para que se formen en esta mirada amplia y en esta sensibilidad. Nunca nos imaginamos que iba a tener esta llegada”. Y luego añadió, acerca del libro Grietas en el Silencio: “Nuestros argumentos están influyendo en la cabeza y en el criterio de los operadores judiciales”.

Analia Aucía

Doctorada en Derecho, UNR y Coordinadora del Programa Género y Sexualidades de la Secretaría de Extensión, Facultad de Derecho UNR.
También ocupa el cargo de Docente de la Cátedra III de Introducción a la Filosofía y Ciencias Sociales y de la Cátedra “Género y Derechos Humanos”, Facultad de Derecho UNR.
Asesora legal de la Secretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Provincia de Santa Fe e Integrante del Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM).- 



El amicus curades (amigo de la corte o amigo del trubinal)

Amicus Curades es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un
litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.

La información proporcionada puede consistir en un escrito con una opinión legal, un testimonio no solicitado por parte alguna o un informe en derecho sobre la materia del caso. La decisión sobre la admisibilidad de un amicus curiae queda, generalmente, entregada al arbitrio del respectivo tribunal.


 “Distribuimos estos argumentos, haciéndolos circular por todas las redes y así llego a conocimiento de diversas personas, incluso a operadores de justicia y comenzaron a tomar sus explicaciones.” Afirmó Aucía.


Autor: Luciana Burkle
Fuentes de información:
-Entrevista a Analia Aucía.
-Libro: "Grietas en el Silencio".

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